Unidad documental simple 3-2-1-14 - Todos los maestros y maestras paran por: El pago de la Ley 3551, por la Ley de enfermedades profesionales, por la reparación del daño previsional.

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Área de identidad

Código de referencia

CL CLUAH 2-3-2-1-14

Título

Todos los maestros y maestras paran por: El pago de la Ley 3551, por la Ley de enfermedades profesionales, por la reparación del daño previsional.

Fecha(s)

  • 2005 (Creación)

Nivel de descripción

Unidad documental simple

Volumen y soporte

Imagen.

Área de contexto

Nombre del productor

(1975)

Historia biográfica

El 16 de octubre de 1974 fue publicado en el Diario Oficial el Decreto Ley Nº 678, que crea el Colegio de Profesores, en ese momento la organización gremial única del magisterio, ya que se habían disuelto todas las existentes al momento del Golpe de Estado y que habían dado origen al SUTE (Sindicato Único de Trabajadores de la Educación).
El nuevo organismo se constituiría en 1975 amparado en el artículo 1º transitorio, que establecía que

“el Ministro de Educación Pública designará las personas que deberán integrar los primeros Consejos de la institución en todo el territorio nacional y los reemplazantes de estos en su caso…”

Mientras pudo hacerlo la dictadura hizo prevalecer esta norma por sobre la electividad de los cargos en toda la estructura nacional, contenida en el artículo 5º del cuerpo legal.

El Colegio de Profesores fue organizado de igual manera que el resto de los colegios profesionales existentes: se estableció la inscripción obligatoria en él de todos los maestros, como requisito para poder ejercer su profesión.

Se entregó sólo al Consejo Nacional de Colegio toda función reivindicativa, siendo éste el único interlocutor válido ante el Gobierno y las autoridades educacionales.

Una vez designados por decreto gubernamental los miembros de sus directivas nacional, regionales y provinciales, comenzó la tarea de inscripción de sus socios, que según el decreto ley respectivo, debían ser profesores titulados, no titulados con 10 años de servicio y no titulados autorizados por el Colegio, tanto de la enseñanza fiscal como privada. También se dedicó a la obtención de la infraestructura sobre la base del traspaso de bienes –muebles e inmuebles- que le haría la dictadura.

Pero no todos los educadores están convencidos de integrarse al Colegio. Ante esta situación,

“El Presidente del Consejo Provincial Santiago del Colegio de Profesores declaró que se denunciará a la justicia, por ejercicio ilegal de la profesión, a todas aquellas personas que sirvan labores docentes y que no se hayan colegiado, una vez que terminen los plazos que se darán para tal propósito. Se indicó también que existen cerca de 10 mil profesores que no han legalizado su situación ante el Colegio” Edición internacional, semana del 15 al 21 de mayo de 1977, página 8.”El Mercurio".

Historia archivística

Origen del ingreso o transferencia

Área de contenido y estructura

Alcance y contenido

Valorización, destrucción y programación

Acumulaciones

Sistema de arreglo

Área de condiciones de acceso y uso

Condiciones de acceso

Condiciones

Idioma del material

  • español

Escritura del material

    Notas sobre las lenguas y escrituras

    Características físicas y requisitos técnicos

    Instrumentos de descripción

    Área de materiales relacionados

    Existencia y localización de originales

    Existencia y localización de copias

    Unidades de descripción relacionadas

    Descripciones relacionadas

    Área de notas

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    Puntos de acceso

    Puntos de acceso por lugar

    Puntos de acceso por autoridad

    Tipo de puntos de acceso

    Área de control de la descripción

    Identificador de la descripción

    Identificador de la institución

    Reglas y/o convenciones usadas

    Estado de elaboración

    Revisado

    Nivel de detalle

    Parcial

    Fechas de creación revisión eliminación

    2016-11-07

    Idioma(s)

      Escritura(s)

        Fuentes

        Nota del archivista

        PS

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