Área de identidad
Tipo de entidad
Forma autorizada del nombre
Forma(s) paralela(s) de nombre
- Chile. Carabineros
- Chile. Ministerio del Interior. Carabineros
- Chile. Ministerio de Defensa Nacional. Carabineros
Forma(s) normalizada del nombre, de acuerdo a otras reglas
Otra(s) forma(s) de nombre
Identificadores para instituciones
Área de descripción
Fechas de existencia
Historia
Carabineros de Chile es la Policía de Chile1 que integra las Fuerzas de Orden y Seguridad. Creada el 27 de abril de 1927, su nombre deriva de los cuerpos de caballería del Ejército de Chile que portaban un arma denominada carabina. Su lema es «Orden y Patria» y su símbolo son dos carabinas cruzadas. Originalmente llamado Cuerpo de Carabineros, es una institución policial que integra la fuerza pública encargada de dar eficacia al derecho, siendo su finalidad garantizar, mantener el orden público y la seguridad pública interior en todo el territorio de la República y cumplir las demás funciones que le encomiendan la Constitución y la ley. A partir de febrero de 2011, la institución volvió a pasar a depender directamente del Ministerio del Interior. Como cuerpo policial armado es esencialmente obediente, no deliberante, profesional, jerarquizado y disciplinado y su personal está sometido a las normas establecidas en su ley orgánica constitucional, su estatuto, el código de justicia militar y reglamentación interna.
Lugares
Estatuto jurídico
Según lo define el Artículo 1º de su Ley Orgánica Constitucional, la Nº 18.961, es una Institución policial técnica y de carácter militar, que integra la fuerza pública y existe para dar eficacia al derecho; su finalidad es garantizar y mantener el orden público y la seguridad pública interior en todo el territorio de la República y cumplir las demás funciones que le encomiendan la Constitución y la ley. Desde el año 1974 Carabineros dependió directamente del Ministerio de Defensa Nacional, sin embargo, dicho suceso duró hasta el año 2011, por lo cual a través de la Ley 20.050 y su última modificación Constitucional, según el artículo 101º de la señalada carta fundamental, se estableció que su dependencia actual será la del Ministerio que tenga a su cargo la Seguridad Pública, por lo que desde ese momento pasó a depender del Ministerio del Interior. Se relaciona con los Ministerios, Intendencias, Gobernaciones y demás autoridades Regionales, Provinciales o Comunales, por intermedio de la Dirección General, Altas Reparticiones (Direcciones y Jefaturas de Zona), Reparticiones (Prefecturas, Departamentos y Escuelas) y Unidades (Comisarías, Grupos y Secciones) según corresponda.